jueves, 20 de marzo de 2014

TIPOS DE RESPONSABILIDAD





ACTIVIDAD

1- Realizo lectura.
2- Hago un resumen de lo más importante de forma puntual.


LARESPONSABILIDAD es la capacidad de dar respuesta a los propios actos.
Es la virtud o disposición  habitual de asumir las consecuencias de las propias decisiones respondiendo de ellas ante alguien.
CONDICIONES DE RESPONSABLIDAD: LIBERTAD. Las acciones han de ser realizadas libremente en este sentido, ni los animales, ni los locos, ni los niños pequeños son responsables de sus actos porque carecen de uso de razón.
-La persona responsable debe tomar distancia frente a cuanto le viene impuesto del exterior.( moda, prejuicio, opinión publica.)
La persona es auténticamente libre cuando no se somete a ningún tipo de coacción (la externa de influjo social y la interna de las pulsiones instintivas).

LA RESPONSABILIDAD CIVIL es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente mediante el pago de una indemnización de perjuicios. Díez-Picazo define la responsabilidad como «la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido».1 Aunque la persona que responde suele ser la causante del daño, es posible que se haga responsable a una persona distinta del autor del daño, caso en el que se habla de «responsabilidad por hechos ajenos»,2 como ocurre, por ejemplo, cuando a los padres se les hace responder de los daños causados por sus hijos o al propietario del vehículo de los daños causados por el conductor con motivo de la circulación.
La responsabilidad civil puede ser contractual o extracontractual. Cuando la norma jurídica violada es una ley (en sentido amplio), se habla de responsabilidad extracontractual, la cual a su vez puede ser o bien delictual o penal (si el daño causado fue debido a una acción tipificada como delito) o cuasi-delictual o no dolosa (si el perjuicio se originó en una falta involuntaria). Cuando la norma jurídica transgredida es una obligación establecida en una declaración de voluntad particular (contrato, oferta unilateral, etcétera), se habla entonces de responsabilidad contractual.
RESPONSABILIDAD PENAL
Generan responsabilidad penal todas aquellas acciones humanas (entendidas como voluntarias) que lesionen o generen un riesgo de lesión a un bien jurídicamente protegido por el ordenamiento jurídico (por ejemplo: vida, integridad física, libertad, honor, orden público, etc.) La comisión de un delito o falta generará responsabilidad penal.
La responsabilidad penal se concreta en la imposición de una pena, que bien puede ser de privativa de libertad (como la pena de prisión o la localización permanente), privativa de otros derechos (como el derecho a portar armas, el derecho a conducir vehículos a motor, el derecho a residir en un lugar determinado, etc.), pudiendo también consistir dicha pena en una multa pecuniaria.
Tipos de responsabilidad penal
-Común: cuando el delito cometido puede ser realizado por cualquier individuo, como por ejemplo: el robo, el abuso sexual o el homicidio.

-Especial: cuando el delito es cometido por un funcionario público aprovechándose de su condición, por ejemplo: el peculado (malversación de caudales públicos), la prevaricación o la concusión.
Se establece que los particulares responden por infringir la Constitución y las leyes, que los servidores públicos responden por infringir la constitución, las leyes, por omisión en el ejercicio de sus funciones o por extralimitación en ellas. Se ha dicho, siguiendo la tradición, que conforme a estos principios la racionalidad que opera al interior permite pensar que los particulares pueden hacer todo lo que no está expresamente prohibido y los servidores públicos pueden hacer sólo aquello que les está expresamente autorizado. En la Constitución misma existen fórmulas que lo expresan así directamente. No obstante la idea del estado social mengua la severidad del postulado expresado para las autoridades y ello se hace cuando se admite la existencia de competencias implícitas. De manera muy sintética, por competencias se entiende, en el campo jurídico, el conjunto de funciones y atribuciones que una autoridad debe desarrollar. Se trata de aquellas cuestiones para las que está alguna autoridad investida. Como ejemplo de competencias sea mencionar que el Presidente de la República tiene la competencia para nombrar y remover los Ministros de Despacho y los Jefes de Departamentos Administrativos; también las de sancionar las leyes o las de objetar los proyectos de ley o de actos legislativos, que es la manera como llamamos las reformas constitucionales. Del Congreso es competencia hacer las leyes y reformar la Constitución y hacerlo conforme a derecho.

LA RESPONSABILIDAD MORAL es la capacidad y obligación moral que tiene el sujeto de responder plenamente por los actos realizados, siempre y cuando éstos tengan su origen en un comportamiento libre y consciente.
Entre los factores que obstaculizan o nulifican la libertad del sujeto y que por lo tanto lo eximen de responsabilidad moral, están factores de tipo inconsciente (demencia, estados patológicos como enfermedades mentales) y ausencia de libertad para obrar por cuenta propia (todo tipo de coacción: interna o externa).
La responsabilidad moral está ligada íntimamente al concepto de conciencia moral.  En virtud de la conciencia moral somos capaces de dictaminar acerca del valor moral de una acción. La conciencia moral es un conjunto de sentimientos, creencias, ideas y juicios que nos inducen a distinguir entre lo que es bueno y lo que es malo. La conciencia moral es privativa del hombre. El animal está determinado por su naturaleza y su comportamiento meramente instintivo.
LA RESPONSABILIDAD SOCIAL es un término que se refiere a la carga, compromiso u obligación, de los miembros de una sociedad –ya sea como individuos o como miembros de algún grupo– tienen, tanto entre sí como para la sociedad en su conjunto. El concepto introduce una valoración –positiva o negativa– al impacto que una decisión tiene en la sociedad. Esa valorización puede ser tanto ética como legal.
LA RESPONSABILIDAD COLECTIVA es un concepto que se suele utilizar para las grandes causas de una comunidad. Por ejemplo, en el respeto por la democracia y los derechos humanos o en las actitudes que se deben ejercer, especialmente desde el Estado y las empresas, en materia ambiental. No está mal, porque es un paso necesario para afianzar el concepto de un futuro mejor.

RESPONDER LAS SIGUIENTES PREGUNTAS
1-      Cuáles son las excusas para evitar la responsabilidad?
2-      Es bueno ser responsable?
3-      Como mejorar la responsabilidad?
4-      Para mejorar en responsabilidad depende la edad?
5-      Cuáles son los contravalores asociados a la responsabilidad

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