ACTIVIDAD
1- Realizo lectura.
2- Hago un resumen de lo más importante de forma puntual.
LARESPONSABILIDAD es la capacidad de dar respuesta a los propios
actos.
Es la virtud o
disposición habitual de asumir las
consecuencias de las propias decisiones respondiendo de ellas ante alguien.
CONDICIONES DE RESPONSABLIDAD: LIBERTAD. Las acciones han de ser
realizadas libremente en este sentido, ni los animales, ni los locos, ni los
niños pequeños son responsables de sus actos porque carecen de uso de razón.
-La persona responsable debe
tomar distancia frente a cuanto le viene impuesto del exterior.( moda,
prejuicio, opinión publica.)
La persona es auténticamente
libre cuando no se somete a ningún tipo de coacción (la externa de influjo
social y la interna de las pulsiones instintivas).
LA RESPONSABILIDAD CIVIL
es la obligación que recae sobre una persona de reparar el daño que ha causado
a otro, sea en naturaleza o bien por un equivalente monetario, habitualmente
mediante el pago de una indemnización de perjuicios.
Díez-Picazo define la responsabilidad como «la sujeción de una persona que
vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación
de reparar el daño producido».1
Aunque la persona que responde suele ser la causante del daño, es posible que
se haga responsable a una persona distinta del autor del daño, caso en el que
se habla de «responsabilidad por hechos ajenos»,2
como ocurre, por ejemplo, cuando a los padres se les hace responder de los
daños causados por sus hijos o al propietario del vehículo de los daños
causados por el conductor con motivo de la circulación.
La responsabilidad civil puede
ser contractual o extracontractual. Cuando la norma
jurídica violada es una ley (en sentido amplio), se habla de responsabilidad
extracontractual, la cual a su vez puede ser o bien delictual o penal (si el
daño causado fue debido a una acción tipificada como delito) o
cuasi-delictual o no dolosa (si el perjuicio se originó en una falta
involuntaria). Cuando la norma jurídica transgredida es una obligación
establecida en una declaración de voluntad particular (contrato, oferta unilateral,
etcétera), se habla entonces de responsabilidad contractual.
RESPONSABILIDAD PENAL
Generan responsabilidad penal
todas aquellas acciones humanas (entendidas como voluntarias) que lesionen o
generen un riesgo de lesión a un bien jurídicamente protegido por el
ordenamiento jurídico (por ejemplo: vida, integridad física, libertad, honor,
orden público, etc.) La comisión de un delito o falta
generará responsabilidad penal.
La responsabilidad penal se
concreta en la imposición de una pena, que bien puede ser de privativa de libertad (como la pena
de prisión o la localización permanente), privativa de otros derechos (como el
derecho a portar armas, el derecho a conducir vehículos a motor, el derecho a
residir en un lugar determinado, etc.), pudiendo también consistir dicha pena
en una multa pecuniaria.
Tipos de responsabilidad penal
-Común: cuando el delito cometido puede ser realizado por
cualquier individuo, como por ejemplo: el robo, el abuso sexual o el homicidio.
-Especial: cuando el delito es cometido por un funcionario
público aprovechándose de su condición, por ejemplo: el peculado (malversación de caudales públicos), la prevaricación o la concusión.
Se establece que los particulares responden
por infringir la Constitución y las leyes, que los servidores públicos
responden por infringir la constitución, las leyes, por omisión en el ejercicio
de sus funciones o por extralimitación en ellas. Se ha dicho, siguiendo la
tradición, que conforme a estos principios la racionalidad que opera al
interior permite pensar que los particulares pueden hacer todo lo que no está
expresamente prohibido y los servidores públicos pueden hacer sólo aquello que
les está expresamente autorizado. En la Constitución misma existen fórmulas que
lo expresan así directamente. No obstante la idea del estado social mengua la
severidad del postulado expresado para las autoridades y ello se hace cuando se
admite la existencia de competencias implícitas. De manera muy sintética, por
competencias se entiende, en el campo jurídico, el conjunto de funciones y
atribuciones que una autoridad debe desarrollar. Se trata de aquellas
cuestiones para las que está alguna autoridad investida. Como ejemplo de
competencias sea mencionar que el Presidente de la República tiene la
competencia para nombrar y remover los Ministros de Despacho y los Jefes de
Departamentos Administrativos; también las de sancionar las leyes o las de
objetar los proyectos de ley o de actos legislativos, que es la manera como
llamamos las reformas constitucionales. Del Congreso es competencia hacer las
leyes y reformar la Constitución y hacerlo conforme a derecho.
LA RESPONSABILIDAD MORAL es la
capacidad y obligación moral que tiene el sujeto de responder plenamente por
los actos realizados, siempre y cuando éstos tengan su origen en un
comportamiento libre y consciente.
Entre los factores que
obstaculizan o nulifican la libertad del sujeto y que por lo tanto lo eximen de
responsabilidad moral, están factores de tipo inconsciente (demencia, estados
patológicos como enfermedades mentales) y ausencia de libertad para obrar por
cuenta propia (todo tipo de coacción: interna o externa).
La responsabilidad moral está
ligada íntimamente al concepto de conciencia moral. En virtud de la conciencia moral somos capaces
de dictaminar acerca del valor moral de una acción. La conciencia moral es un conjunto
de sentimientos, creencias, ideas y juicios que nos inducen a distinguir entre
lo que es bueno y lo que es malo. La conciencia moral es privativa del hombre.
El animal está determinado por su naturaleza y su comportamiento meramente
instintivo.
LA RESPONSABILIDAD SOCIAL
es un término que se refiere a la carga,
compromiso u obligación, de los miembros de una sociedad –ya
sea como individuos
o como miembros de algún grupo– tienen, tanto entre sí como para la sociedad en
su conjunto. El concepto introduce una valoración –positiva o negativa– al
impacto que una decisión tiene en la sociedad. Esa valorización puede ser tanto
ética como legal.
LA RESPONSABILIDAD COLECTIVA es un concepto que se suele utilizar
para las grandes causas de una comunidad. Por ejemplo, en el respeto por la
democracia y los derechos humanos o en las actitudes que se deben ejercer,
especialmente desde el Estado y las empresas, en materia ambiental. No está
mal, porque es un paso necesario para afianzar el concepto de un futuro mejor.
RESPONDER LAS SIGUIENTES PREGUNTAS
1- Cuáles
son las excusas para evitar la responsabilidad?
2- Es
bueno ser responsable?
3- Como
mejorar la responsabilidad?
4- Para
mejorar en responsabilidad depende la edad?
5- Cuáles
son los contravalores asociados a la responsabilidad